Cuáles son las nuevas condiciones para el acceso al dólar para exportadores y entidades financieras
Nuevas modificaciones para exportaciones se dieron a conocer a través de un comunicado del Boletín Oficial.
Por redacción
Por medio de la Comunicación “A” 7994/2024 del Banco Central (BCRA) y publicada este lunes en el Boletín Oficial, se oficializaron cambios relacionados con operaciones financieras y cambios en el mercado exterior.
En ese contexto, se incorpora un nuevo punto a las normas de "Exterior y cambios". Este punto establece que, a partir del 19 de abril de 2024, los exportadores podrán utilizar los cobros de sus exportaciones de bienes y servicios para pagar el capital e intereses de endeudamientos financieros con el exterior, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
El primer pago de capital del endeudamiento financiero con el exterior no se registre antes del año del ingreso de los fondos.
Según el texto oficial, esto permite a los exportadores utilizar los cobros de sus exportaciones para pagar endeudamientos financieros con el exterior bajo ciertas condiciones.
Asimismo, permiten a las entidades financieras locales precancelar endeudamientos financieros con el exterior mediante la liquidación de nuevos endeudamientos a partir de líneas de crédito del exterior, también bajo ciertas condiciones.
Es importante destacar que el BCRA ha informado que posteriormente se remitirán las hojas que deben incorporarse a las normas de "Exterior y cambios", para reflejar estas nuevas disposiciones.
Por un lado, la poda fiscal podría concretarse, según aseguran en el equipo económico, con un 80% de decisiones tomadas directamente por ejecución de política económica, sin que eso dependa de otra cosa que la decisión del Palacio de Hacienda. Y un 20% restante, con un ritmo más lento, estará atado a la suerte que corra en la discusión política y parlamentaria.
Y por otro, el sistema de liquidación de exportaciones que implementó el gobierno de Milei apenas llegado al Gobierno también contiene esa misma fórmula: 80% de los dólares se ingresan por el Mercado Único Libre de Cambios (MULC) y 20% a través del Contado con Liquidación.